Senado aprobó legislar sobre proyecto de ley que apunta a fomentar las energías renovables

Ayer martes, el Senado aprobó legislar sobre el proyecto de ley misceláneo que apunta a fomentar las energías renovables. De este modo, quedó con plazo para realizar indicaciones hasta el 9 de noviembre próximo.

La iniciativa, que cumple su segundo trámite, modifica la ley N° 20.365, que establece la Franquicia Tributaria respecto de Sistemas Solares Térmicos; la Ley General de Servicios Eléctricos y la ley que crea la Empresa Nacional del Petróleo. (Boletín N° 9628-08)

En la ocasión quedaron de manifiesto las distintas visiones que existen respecto a la conveniencia de mezclar en una ley miscelánea temas como: una franquicia para promover la energía solar domiciliaria y las renovables no convencionales con la ampliación del giro de ENAP a la generación eléctrica, en especial, considerando la situación de la empresa.

Al respecto, el ministro de Energía, comentó "necesitamos sacar adelante esta iniciativa que requiere que se apruebe para continuar con un beneficio solar tan importante como los colectores solares". Asimismo lamentó "la desconfianza hacia ENAP, que no se condice con el apoyo en los mercados financieros y la prueba más claras es que ENAP emite bonos y obtuvo tasas de interés extraordinarias", dijo.

PRINCIPALES PUNTOS

- Extiende la vigencia de la franquicia tributaria Sistemas Solares Térmicos (SST) desde 2015 hasta el 2019.

- Modifica la escala del beneficio tributario, de modo que las viviendas de un valor inferior o igual a 2.000 UF tendrán el 100% del beneficio, y las de un costo superior a 2.000 UF y menor o igual a 3.000 UF un decremento lineal desde 100% hasta 0% del beneficio, eliminándose el beneficio tributario para aquellas con valores de entre 3.000 y 4.500 UF.

- Además del beneficio tributario, se establece también un programa de mantención del sistema, por cinco años.

- Incorpora un segundo mecanismo de incentivo, a través de un subsidio directo para financiar la instalación del SST en viviendas nuevas subsidiadas por el Estado, que podrá asignarse dentro del período 2015-2019, que permita financiar todo o parte del valor del sistema (instalación, refuerzo de techumbre y programa de mantención por cinco años).

- Amplía las facultades de la SEC para administrar un registro de colectores y depósitos acumuladores que podrán acceder a uno de los dos beneficios (franquicia tributaria o subsidio directo); inspeccionar todas las instalaciones de SST que hayan percibido alguno de los dos beneficios y, sancionar a las empresas constructoras que hubieren percibido alguno de los dos beneficios en caso de incumplimiento.

- Los proyectos podrán percibir beneficios respecto de sólo uno de los dos instrumentos: la franquicia o el subsidio.

- Permite al titular de un proyecto de generación mediante ERNC otorgar caución para dejar sin efecto la orden de paralización o suspensión de obras que se decrete en un procedimiento concesional de carácter administrativo o judicial.

- Habilita a la ENAP para participar, directamente o a través de sociedades en que tenga participación, en el giro de la generación de energía eléctrica.